El alumnado que solicite su admisión en este título de máster debe contar, preferentemente, con alguna de las titulaciones universitarias de grado, licenciatura o ingeniería técnica en los siguientes ámbitos, que denominaremos Titulaciones Preferentes (incluyendo aquellos títulos con denominaciones equivalentes o alternativas a las incluidas en el listado):
- Ingeniería de Telecomunicación
- Ingeniería Electrónica Industrial y Automática
- Ingeniería Informática
- Ciencia e Ingeniería de Datos
- Inteligencia Artificial
- Robótica
En el caso del alumnado que solicite su admisión y posea un título diferente, se valorará su admisión en función de que pueda justificar que sus estudios previos hayan conducido a la adquisición de los conocimientos correspondientes al perfil genérico de un titulado en un grado relacionado con el ámbito de las TIC, del cual se espera que tenga conocimientos de programación, diseño de algoritmos, redes de ordenadores, protocolos básicos de comunicación entre dispositivos, circuitos electrónicos, así como conocimientos de estadística.
Para ello el alumno deberá aportar en su solicitud, además de su currículum vitae, el Título de Grado que posea, así como detalle del plan de estudios cursado en el que aparezca la carga docente de cada una de las materias, y la ficha descriptiva de aquellas que fuesen relevantes para la justificación de haber adquirido los conocimientos correspondientes al perfil genérico descrito en el párrafo anterior.
Adjuntará también su experiencia laboral relacionada con la IoT de ser el caso. El baremo con que se evaluarán las solicitudes de ingreso se basará en los siguientes aspectos:
- Expediente académico:
- Hasta el 70% de la nota. Para alumnos procedentes de titulaciones diferentes de las Preferentes, su expediente académico será dividido entre 2.
- Experiencia investigadora: Hasta el 30% de la nota.
- Experiencia laboral: Hasta el 30% de la nota.
- Otros méritos relacionados con el ámbito de IoT: Hasta 10% de la nota.
Los porcentajes concretos asociados al baremo para cada curso académico serán establecidos y publicados con anterioridad al comienzo de los períodos de preinscripción y matrícula.